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 Resolución Consejo Directivo N° 0140 - Creación de la carrera

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viudadetoulmin
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MensajeTema: Resolución Consejo Directivo N° 0140 - Creación de la carrera   Resolución Consejo Directivo N° 0140 - Creación de la carrera Icon_minitimeMar Nov 15, 2016 12:08 pm

BUENOS AIRES, 17 DICIEMBRE 2015

VISTO las leyes Nº 26.206, Nº 24.521 y Nº 26.997, el Estatuto del IUNA, el despacho Nº 011/2015 de la Comisión de Asuntos Académicos del Consejo Superior; y,
CONSIDERANDO

Que la Ley Nacional de Educación establece en su Artículo 2º que la educación y el conocimiento son un bien público y un derecho personal y social que deben ser garantizados por el Estado.

Que de acuerdo a la Ley de Educación Superior y al Estatuto del IUNA la universidad tiene a su cargo la formación profesional, artística y técnica en el más alto nivel educativo con el fin de contribuir al desarrollo de la cultura nacional y a la producción de conocimiento en todas sus formas.

Que es un propósito fundamental de la UNIVERSIDAD NACIONAL de las ARTES generar propuestas educativas innovadoras que garanticen la calidad académica y artística, en consonancia con los principios de inclusión y equidad establecidos en las leyes de educación.

Que siendo la UNIVERSIDAD NACIONAL DE LAS ARTES una institución de educación superior
dedicada exclusivamente a la formación, la investigación y la extensión en el campo de las artes en diversas disciplinas y modalidades, no cuenta con una carrera de Artes de la Escritura.

Que, asimismo, la inexistencia de carreras de grado vinculadas con el campo de las artes de la escritura se extiende a todo el sistema universitario, ya que la oferta educativa en este campo se circunscribe a cursos y carreras de posgrado o seminarios y talleres de formación dispersa, tanto en el ámbito público como privado.

Que esta vacancia se ve agravada debido al rol central que las Artes de la Escritura han cumplido en la progresiva transformación política y social, no solo como posibilidad de resistencia y cambio, sino también por su intervención en la serie productiva y económica de cada región. Que, en consecuencia, teniendo en cuenta el desarrollo cualitativo y cuantitativo que en los últimos años puede verificarse en la producción editorial, resulta necesaria la existencia de una Licenciatura en Artes de la Escritura que ofrezca una formación académica y profesional en este campo.

Que son atribuciones del Consejo Superior crear carreras de pregrado, grado y posgrado, a fin de dar respuesta a las demandas del campo profesional y artístico.

Que, conforme lo dispuesto en el artículo 9º del Estatuto de esta Universidad, las carreras son unidades de administración curricular, que cuando requieren de materias o conocimientos que exceden a los incluidos en los departamentos, se inscriben en un área de formación transdepartamental dependiente del Rectorado de la Universidad, y estarán a cargo de un director.

Que, por lo tanto, al tratarse de un campo artístico nuevo en la Universidad resulta conveniente crear un Área que permita otorgarle a la carrera especificidad disciplinar y, a la vez, un enfoque interdisciplinario que vincule el ámbito de la escritura a otras prácticas artísticas así como a las industrias culturales y los nuevos soportes de comunicación e información.

Que el gobierno del Área Transdepartamental que se crea en la presente Resolución, estará integrado por los mismos órganos de gobierno que las carreras de las Áreas Transdepartamentales, en un todo de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 42º y siguientes del Estatuto de la Universidad.

Que el gobierno de la Carrera de Artes de la Escritura deberá ser ejercido por un Director Normalizador, designado por la Rectora hasta tanto se lleve a cabo la normalización que ejercerá las funciones del Consejo de Carrera.

Que la Comisión de Asuntos Académicos del Consejo Superior de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE LAS ARTES en su sesión del día 15 de diciembre de 2015 ha evaluado favorablemente la propuesta. Que se ha dado la participación correspondiente al Servicio de Asesoramiento Jurídico Permanente.

Por ello, y en virtud de las facultades conferidas por el Artículo 29 incisos e) y j) de la Ley 24.521; y el Artículo 25 incisos d) e i) del Estatuto del IUNA,
EL HONORABLE CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE LAS ARTES RESUELVE

ARTÍCULO 1º.- Crear el Área Transdepartamental de Artes de la Escritura de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE LAS ARTES.

ARTÍCULO 2º.- Crear la carrera de Licenciatura en Artes de la Escritura conducente al Título de Grado de Licenciado/a en Artes de la Escritura y aprobar el Plan de Estudios que como Anexo forma parte de la presente Resolución

ARTÍCULO 3º.- Establecer que los órganos de gobierno tendrán la composición, funciones y atribuciones previstas en los artículos 42 y siguientes del Estatuto de la Universidad.

ARTÍCULO 4º.- Establecer que la Rectora designará un/a Director/a normalizador/a para ejercer la dirección de la carrera creada en el artículo 2º, hasta la normalización.

ARTÍCULO 5º.- Imputar el gasto que demande lo dispuesto en el artículo 2º de la presente Resolución al Presupuesto General de la Universidad.

ARTÍCULO 6º.- Regístrese. Comuníquese a todas las Unidades Académicas de la UNA, a todas las dependencias administrativas del Rectorado, y a la Unidad de Auditoría Interna. Publíquese en el Boletín Informativo de la UNA. Cumplido, archívese.

RESOLUCIÓN DEL CONSEJO SUPERIOR Nº 0140
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